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Plan Renove de Ventanas

Si quieres mejorar la eficiencia energética de tu vivienda, puedes empezar por cambiar las ventanas. De esta forma irás ahorrando en las facturas de la climatización y calefacción. Y para ayudarte surgen constantemente Planes Renove de Ventanas en las diferentes administraciones. En este artículo, te contamos los objetivos de este planes y las ayudas y subvenciones disponibles, entre otras cosas de interés. Empecemos. Leer más
Marcos Carbonell
Marcos Carbonell 2 feb. 2023
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Fuente de la imagen: ©ohmconnect.com

Objetivo del Plan Renove de ventanas

El Plan Renove, tanto de ventanas como otros que van surgiendo en todo el territorio nacional, a través de diferentes organismos y Administraciones Públicas, tiene como objetivo último conseguir un nivel de eficiencia energética buena a nivel global. De forma que cada elemento que el hombre usa, aporte su grano de arena, para conseguir la descarbonización.

Pero todos estos planes, como el Plan Renove de Ventanas, que cada comunidad autónoma lanza con sus propias peculiaridades, tienen como origen la Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la efi­ciencia energética de los edificios, aunque ya ha sufrido modificaciones.

Pero dentro de cada convocatoria que lanzan las diferentes Comunidades Autónomas, así como organismos públicos como el IDEA, los objetivos pueden variar un poco, aunque siempre enfocados a cumplir con las diferentes leyes nacionales, que son transposiciones de directivas europeas. Así, el objeto de las actuales convocatorias de ayudas para el impulso de medidas de ahorro y eficiencia energética, van dirigidas a la rehabilitación térmica de viviendas.

El objetivo de estas medidas es facilitar la rehabilitación térmica de los edificios, a través del cambio de ventanas y puertas-ventana, incluyendo acristalamiento, marco y premarco en viviendas habituales. Teniendo como objetivo reducir el impacto en el consumo de energía en los hogares.

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Eficiencia energética / Plan de edificación y ahorro energético

Contenido en la estrategia de la Unión Europea para la reducción del consumo energético, y transpuesto a los diferentes países, estos deben preparar planes de acción para conseguir los objetivos en materia energética. De esta forma en España se han preparado y desarrollado diferentes planes para reducir el consumo energético. Y entre todas las medidas, una de ellas es la reducción del consumo energético de nuestros edificios.

Para ayudar en esa reducción, se están planteando diferentes acciones para el mejor aislamiento y el uso de sistemas de climatización más eficientes, entre otros. Siguiendo estas directrices, el Gobierno Español ha planteado un Plan para la rehabilitación energética de las viviendas, con el objetivo de reducir en un 36,6% el consumo de energía final del sector de la edificación de cara a 2050. Y una de las medidas que se están impulsando es la mejora de aislamiento que nos dan las ventanas y balconeras de nuestras viviendas. A parte de las sucesivas restricciones o imposiciones para las nuevas viviendas a través del CTE y sus revisiones.

Referente al Plan elaborado este año y remitido a la Comisión Europea y el Consejo, España pretende la mejora energética de 1,2 millones de viviendas. Este objetivo se ha marcado teniendo en cuenta que el sector de la edificación, considerando el sector residencial y el terciario, supuso aproximadamente el 30% del consumo de energía en España con datos de 2018. El peso de la edificación residencial fue del 17,1% y el del terciario, del 12,4%.

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Ayudas y subvenciones para cambiar ventanas y quien las tramitarlas

Como hemos dicho son las diferentes Comunidades Autónomas y otros organismos como el IDAE los que finalmente llevan a la práctica las obligaciones que nos impone al Comisión Europea, aunque es justo decir, que parte del dinero, también es aportado por la propia comisión con cargo a los fondos comunitarios.

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Destinatarios de las ayudas

Dependiendo de la comunidad Autónoma o el organismo que regule cada línea de subvenciones o ayudas, puede variar un poco la definición de beneficiario, pero por lo general, pueden ser beneficiarias de las ayudas para cambiar ventanas, las personas físicas propietarias, usufructuarias o arrendatarias (inquilinos) de una vivienda de ocupación habitual ubicada en el territorio de la correspondiente Comunidad Autónoma.

En cuanto a los inquilinos y los usufructuarios de las viviendas, se les considera la condición de beneficiarios cuando sean ellos quienes corran con los costes de las obras. Algo que deberán demostrar por anticipado aportando un acuerdo expreso con el propietario de la vivienda. En este caso no se admitirá́ que exista una relación familiar entre propietario e inquilino de primero ni de segundo grado de parentesco.

También se imponen algunas cláusulas para impedir que en determinadas circunstancias se pueda acceder a estas ayudas cuando se den algunos casos específicos:

1-. No pueden obtener la condición de beneficiario las personas o entidades que se encuentren incluidas, por algún motivo en las consideraciones de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones y que sean de aplicación a los sujetos definidos en este texto como beneficiarios.

2-. No pueden obtener la condición de beneficiario y acceder a las ayudas las personas que no se hallen al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias:

➪ con la Hacienda de Estado

➪ con la Administración de la Comunidad Autónoma correspondiente

➪ frente a la Seguridad Social

➪ o tengan pendiente de pago alguna otra deuda con la Hacienda de la Comunidad Autónoma

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¿Qué actuaciones son subvencionables?

Son subvencionables los trabajos o actuaciones de la renovación de ventanas y puertas-ventana, incluyendo la instalación, tanto el montaje como el desmontaje, el acristalamiento, el marco y premarco en viviendas que cumplan con las siguientes especificaciones técnicas:

Las ventanas y puertas ventana deberán formar parte de los cerramientos a exterior de la vivienda, no siendo objeto de subvención la reforma de superficies acristaladas ubicadas en los cerramientos interiores.

Los acristalamientos a sustituir deberán ser acristalamiento simple. En el caso de sustitución de ventanas y puertas-ventanas correderas ineficientes térmicamente, los acristalamientos existentes podrán ser simples o dobles.

Las nuevas ventanas deberán contar con marcado CE.

☞ Las nuevas ventanas tendrán una permeabilidad al aire ≤ 9 m3/h.m2 a 100 Pa (Clase 3 o superior) según norma UNE-EN 12207.

☞ Las características térmicas de las nuevas ventanas y puertas ventana deberán ser, dependiendo de la clasificación de poblaciones recogidas en el Anexo I de la convocatoria de ayudas, las detalladas en la siguiente tabla:

LocalizaciónCaracterísticas mín. exigidas (transmitancia térmica)Descripción orientativa 1. Composición formada por:Descripción orientativa 2. Composición formada por:
**Acristalamiento****Marco****Acristalamiento****Marco**
**Zona 1**UH ≦ 2,3 W/m2K g≦ 0,5 en orientación E/O, S y SE/SODoble acristalamiento con cámara de 16 mm o superior y cristal interior bajo emisivo g < 0,1 (UV ≦ 1,6 W/m2K)Metálica con RPT ≧16 mmDoble acristalamiento con cámara de 10 mm o superior y cristal interior bajo emisivo g < 0,1 (UV ≦ 2,0 W/m2K)PVC o Madera
**Zona 2**UH ≦ 2,1 W/m2K g≦ 0,5 en orientación E/O, S y SE/SODoble acristalamiento con cámara de 12 mm (90% argón) o superior y cristal interior bajo emisivo g < 0,1 (UV ≦ 1,3 W/m2K)Metálica con RPT ≧16 mmDoble acristalamiento con cámara de 12 mm o superior y cristal interior bajo emisivo g < 0,1 (UV ≦ 1,8 W/m2K)PVC o Madera
**Zona 3**UH ≦ 1,8 W/m2KDoble acristalamiento con cámara de 16 mm (90% argón) o superior y cristal interior bajo emisivo g < 0,1 (UV ≦ 1,0 W/m2K)Metálica con RPT ≧16 mmDoble acristalamiento con cámara de 16 mm o superior y cristal interior bajo emisivo g < 0,03 (UV ≦ 1,4 W/m2K)PVC o Madera
**Zona 4**UH ≦ 1,8 W/m2KDoble acristalamiento con cámara de 16 mm (90% argón) o superior y cristal interior bajo emisivo g < 0,1 (UV ≦ 1,0 W/m2K)Metálica con RPT ≧16 mmDoble acristalamiento con cámara de 16 mm o superior y cristal interior bajo emisivo g < 0,03 (UV ≦ 1,4 W/m2K)PVC o Madera
\*La transmitancia térmica informa de las pérdidas que se producen a través de las ventanas y puertas-ventanas. Para una mejor orientación del usuario no profesional, en la columna descripción orientativa 1 y descripción orientativa 2, se muestran 2 ejemplos de composición que cumplen con las características mínimas exigidas para cada localización (zona), siendo datos orientativos.

UH ⇨ Transmitancia térmica de la ventana / puerta-ventana (acristalamiento + carpintería)

Uv ⇨ Transmitancia térmica del acristalamiento

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Trabajos o elementos que no se incluyen en las ayudas

No se consideran actuación susceptible de ayuda:

☹ Cambio de ventanas y puertas-ventana que conlleven a un aumento de la superficie acristalada en más de un 25%.

☹ Cambio de cerramientos acristalados que se coloquen o renueven con la finalidad de cerrar terrazas, balcones o galerías, o amplíe la superficie habitable de la vivienda, ya que esto se considera una modificación y no una rehabilitación térmica del edificio.

☹ Cambio de ventanas o puertas-ventana interiores ubicados en cerramientos en contacto con espacios habitables.

☹ Cambio de los marcos o acristalamientos únicamente

☹ La nueva instalación o cambio de persianas, dispositivos de lamas, toldos, “films” o “screens” de protección solar.

☹ Se considerarán sólo proyectos cuyo coste subvencionable sea superior a 1.000 €.

☹ No podrán acogerse a las presentes ayudas las renovaciones realizadas con anterioridad al 30 de enero de 2020.

☹ Cuando el instalador no este homologado, e inscrito en el registro de empresas adheridas al Plan. La persona o empresa instaladora adherida al Plan Renove de Ventanas, tiene que realizar la instalación completa de las ventanas, incluidas en la solicitud de subvención.

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Subvenciones para ventanas: ¿qué comunidades ofrecen estas ayudas y subvenciones?

ComunidadInformación
**Comunidad Valenciana****☝** A través del IVACE, se ha reactivado el [Plan Renove de Ventanas 2020](https://planrenove.ivace.es/es/plan-renove-ventanas), hasta el 7 de septiembre o agotar el presupuesto dispuesto.
**Euskadi****☝** Las ayudas del Plan Renove de Ventanas en el País Vasco, son gestionadas por el Energiaren Euskal Erakundea o Ente Vasco de la Energía, que tiene vigente el [Leihoen Renove Plana](https://www.eve.eus/Programa-de-ayudas/2020/Plan-Renove-de-Ventanas.aspx) hasta el 30 de noviembre.
**Galicia****☝** El [Instituto Gallego de la Vivienda](https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2020/20200226/AnuncioC3Q2-070220-0001_gl.html) y el Suelo convoco para el año 2020 distintas líneas de financiación y ayudas destinadas a la rehabilitación de viviendas, donde entra el cambio de ventanas. Esta convocatoria se terminaba el 26 de marzo, pero debido al COVID-19, se amplio mientras durase el estado de alarma.
**Andalucía****☝** El [Plan Renove de Ventanas 2020 de Andalucía](https://www.agenciaandaluzadelaenergia.es/es/financiacion/incentivos-2017-2020/programa-para-el-desarrollo-energetico-sostenible-de-andalucia), ha sido cerrado convocatoria al haberse agotado el 100% de los fondos previstos.
**Aragón****☝** El Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, publicó el pasado julio la convocatoria para las subvenciones en materia de rehabilitación de viviendas, destinadas a la sustitución de ventanas, en 2020.
**Otros**☹ El resto de comunidades tienen los planes renove de ventanas cerrados, o en el algún caso no se abrieron para el presente año.
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