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Origen del autoconsumo bonificado
El 1 de marzo de 2020 fue un punto de inflexión en el autoconsumo fotovoltaico. Ese día se abrió la puerta a las comercializadoras de electricidad, para que pudieran bonificar el autoconsumo fotovoltaico. Es decir, que pudieran pagar la electricidad que los particulares y empresas acogidos al autoconsumo. Este fue un paso hacia adelante, ya que hasta esa fecha solo podíamos compensarnos la electricidad vertida, con la comprada de la red.
Hasta ese momento, se entendía que el autoconsumo fotovoltaico no pagaba dinero por nuestro excedente de electricidad. Solo nos compensaban el excedente hasta el total de nuestro consumo en la eléctrica. Es decir, no recibíamos una compensación económica por dar la electricidad que nos sobraba. Solo nos restaban los kW/h cedidos, con los consumidos cuando no los producíamos nosotros.
Ahora, todas las compañías comercializadoras están obligadas a bonificar la luz generada por los excedentes de las placas solares y cedida a la red pública. Siempre que se cumpla con los criterios del autoconsumo, y así hayan firmado el contrato con la correspondiente empresa comercializadora. Pero debes consultar los trámites fotovoltaicos para estar dentro de lo exigido.
El día 1 de marzo de 2020 las compañías eléctricas, tanto las comercializadoras, como distribuidoras, deben bonificar la energía vertida a la red por los clientes que tienen una instalación de placas solares para el autoconsumo legalizada. A partir de entonces la rentabilidad del autoconsumo fotovoltaico aumentó, ya que antes solo compensaban lo vertido con lo consumido.
Además, el autoconsumo bonifica también por medio diferentes impuestos de los municipios:
- Rebajas en el IBI o Impuesto de Bienes Inmuebles que recaudan los Ayuntamientos
- Rebajas sobre el IAE o Impuesto de Actividades Económicas
- Anulación de las licencias de obra.
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¿Cómo bonifica el autoconsumo fotovoltaico?
El autoconsumo fotovoltaico en España tiene diferentes formas de ser bonificado. Una de ellas es a través de las Administraciones Públicas, y más concretamente por los Ayuntamientos. Estos han modificado sus normativas impositivas para conceder incentivos fiscales al autoconsumo fotovoltaico, a través de tres impuestos:
- Impuesto sobre bienes inmuebles o IBI
Con reducciones entre el 30 y el 50%, durante varios años. Tanto el porcentaje y la duración del beneficio fiscal dependen de cada municipio.
- Impuesto sobre actividades económicas o IAE
Especialmente enfocado a empresas, de forma que se reduce el porcentaje impositivo, también durante un periodo de tiempo desde la puesta en marcha del autoconsumo.
- Impuesto sobre instalaciones, construcciones y obras
Eliminación de la licencia de obra para instalaciones de autoconsumo fotovoltaico hasta 100 kW. Lo que favorece en agilizar los trámites administrativos, y reduce los gastos iniciales.
Por otro lado, el autoconsumo bonifica gracias al pago que algunas comercializadoras hacen de la electricidad vertida, con el fin de captar clientes. Habiendo una pequeña lucha por ofrecer mejores condiciones que la competencia y aumentar la cartera de particulares y empresas que se han sumado al autoconsumo fotovoltaico. Para saber como nos beneficia debemos están en el autoconsumo con compensación. Pero ¿qué modalidades hay?
• Autoconsumo sin excedentes
Este tipo de autoconsumo hace referencia a instalaciones que no realizan ningún vertido a la red. Bien por estar aisladas, es decir sin conexión a la Red Eléctrica, o por no querer verter su excedente. Estas instalaciones de autoconsumo fotovoltaico tienen la ventaja que su tramitación administrativa es muy simple.
• Autoconsumo con vertido de excedente
Este tipo de autoconsumo tiene a su vez diferentes formas o modalidades:
- Acogida a compensación simplificada
Hace referencia a las pequeñas instalaciones de autoconsumo fotovoltaico de hasta 100 kW. Estos podemos compensar en nuestra factura de cada mes, la energía consumida de la red, con la energía autogenerada y no hemos consumido en su momento, es decir, la hemos vertido a la red.
- No acogida a compensación
Engloba aquellas instalaciones mayores de 100 kW, que no se han sumado al autoconsumo fotovoltaico. Es decir, cuya generación es volcada a la red en régimen de venta, no de compensación. Se le aplicarán las mismas normas que a cualquier planta de producción de energía eléctrica, ya que es una empresa de generación eléctrica con ánimo de lucro.
• Autoconsumo con compensación sin excedentes
Es una modalidad especial, pero que en los próximos años va a ser muy habitual en España. Hace referencia a las comunidades energéticas o de autoconsumo compartido. En este tipo de instalaciones, las placas solares estarán dotadas de un sistema anti-vertido. No obstante, los integrantes del autoconsumo fotovoltaico compartido se pueden acoger al mecanismo de compensación simplificada de excedentes.
Condiciones para vender el excedente de mis placas solares
La venta de excedentes a cualquier compañía se ha convertido en un reclamo para cualquier cliente interesado en el autoconsumo. Pero hay ciertas condiciones que debemos cumplir. El autoconsumo bonifica en estos casos, pero debemos conocer los requisitos de esta modalidad. Además, este ahorro lo podemos añadir al aprovechar las bonificaciones de IBI y la licencia de obras para instalar placas solares en muchas poblaciones de España.
Condiciones para vender el excedente de mis placas solares |
✓ La vivienda, local o nave donde se encuentra la instalación fotovoltaica debe estar conectada a la red eléctrica. No sirve una instalación aislada |
✓ Se debe instalar un contador bidireccional, que mida la electricidad que entra y la que sale de nuestra instalación particular |
✓ La potencia de nuestra instalación fotovoltaica no puede superar los 100 kW |
✓ La instalación no puede estar recibiendo pagos por un régimen retributivo adicional |
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¿Cómo sumarse al autoconsumo bonificado?
El primer paso para unirse al autoconsumo fotovoltaico es realizar la instalación, y luego darla de alta en nuestro Ayuntamiento. Para ello puede contar con Hogarsense. Somos el líder en varios países de Europa en la gestión y tramitación de solicitudes para instalaciones en el hogar, comercio y empresa. Nuestras empresas colaboradoras son instaladores profesionales que te asesorarán, te preparen una oferta, y por supuesto, realizarán tu instalación de autoconsumo fotovoltaico.
Puedes solicitar presupuestos de las instalaciones que necesites, calefacción, aire acondicionado, energía solar, domótica, fotovoltaica, entre otros. Y te ponemos en contacto con los mejores profesionales, cualificados, homologados y registrados en las administraciones correspondientes. Con total garantía.