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¿Qué era el impuesto al sol?
El llamado “impuesto al sol” sobre los paneles y la energía solar fue un impuesto o mejor dicho un “peaje de respaldo” que estuvo vigente en España desde el año 2015 hasta el 2018. Aunque no afectaba a la gran mayoría de los casos de autoconsumo doméstico en España sí que afectó a la instalación de sistemas fotovoltaicos domésticos y sobre todo en empresas.
Debido a la escasez de información, muchos particulares desestimamos instalar placas solares en nuestra vivienda. Ya que temíamos tener que pagar el impuesto a la energía solar, sin saber si realmente nos afectaba.
Es por ello, que mientras en países de nuestro alrededor la energía fotovoltaica seguía creciendo, en España sufrió un frenazo considerable. No obstante, la fiscalidad de las instalaciones fotovoltaicas no afectaba a muchos particulares.
Instalaciones exentas de pagar el impuesto al sol |
✓ Instalaciones de autoconsumo fotovoltaico aislado |
✓ Instalaciones con menos de 10 kW de potencia en baja tensión |
✓ Instalaciones ubicadas en Canarias, Ceuta y Melilla |
✓ Derogación del impuesto al sol en España
Con el mencionado Real Decreto 244/2019, se ponía fin al impuesto al sol con la finalidad de simplificar los trámites administrativos que afectaban a las instalaciones fotovoltaicas. Entre todas las reformas, las más importantes para fomentar el autoconsumo han sido:
Beneficios de la derogación del impuesto al sol
✓ Ya no es necesario solicitar permisos a las distribuidoras o comercializadores eléctricas las instalaciones con potencia inferior a 10 kW ni las instalaciones aisladas
✓ Se aprobó la compensación y venta de excedentes energéticos de autoconsumo
✓ Se aprobó el autoconsumo colectivo, es decir la posibilidad de compartir varias personas una instalación fotovoltaica
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¿Qué es la fiscalidad de la energía solar?
La fiscalidad de la energía solar se integra en todos los pasos del proceso de generación eléctrica a partir de placas solares fotovoltaicas. Desde la fabricación de los paneles fotovoltaicos y sus componentes a las que se les aplica los impuestos a dichas actividades o los impuestos de sociedades que deben pagar las empresas. Pasando por el IVA que se genera en su compraventa o instalación, que las empresas van repercutiendo hasta el cliente final. De esta forma, el consumidor debe asumir estos impuestos que las empresas aplican en el precio o en el propio IVA, formando parte del impuesto a la energía solar.
El objetivo de estos impuestos son principalmente dos. Por un lado, la captación de dinero que las diferentes administraciones necesitan para su funcionamiento y la prestación de servicios. Pero también, por otro lado, para incentivar o desincentivar el consumo de un determinado bien o servicio. Cuando una Administración quiere que se utilice algo en concreto, le aplica un impuesto más reducido a su fabricación, a su transporte y/o a su consumo, de forma que el precio final se vea reducido frente a otro producto o servicio.
¿Qué impuestos tienen las placas solares actualmente?
Debemos distinguir entre los impuestos que tenemos que pagar y los impuestos en los que podemos obtener alguna bonificación o reducción. Además, también es importante saber cómo es nuestra instalación, ya que podemos sumarnos al autoconsumo o podemos optar en convertirnos en un generador de electricidad fotovoltaica.
En este último caso, deberemos establecernos como empresa y por ello deberemos pagar todos los impuestos que se aplican a las empresas, y en este caso a la generación de electricidad. En cambio, para los particulares o empresas que realizan una instalación de autoconsumo, la fiscalidad es la que vemos en la siguiente tabla.
Fiscalidad de las instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo
Impuesto | Acción | Concepto |
IVA | Pago | ✓ Impuesto a la energía solar que pagamos al comprar un producto o servicio |
ICIO | Pago | ✓ Impuesto al solicitar la licencia de obras, en aquellas comunidades que aún no lo han eliminado ✓ Hay muchas Comunidades Autónomas que han eliminado la licencia de obra, y con ella la necesidad de pagar este tributo |
IRPF | Deducción | ✓ Al realizar la declaración de la renta anualmente podemos deducirnos el coste de la instalación fotovoltaica |
IBI | Reducción | ✓ Impuesto reducido durante varios años en muchos municipios |
En el siguiente mapa vemos las comunidades que en 2021 ya no piden la licencia de obra para la instalación de placas solares fotovoltaicas para autoconsumo. Esto implica que no se debe abonar el ICIO o Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
Fuente de la imagen: ©Hogarsense.es
No debemos olvidar la posibilidad de acceder a las subvenciones para instalaciones fotovoltaicas. Estas son un mecanismo por el que las Administraciones aportan una parte del dinero para el pago de las instalaciones, que puede ser a fondo perdido, es decir, sin devolución, o a intereses mucho más bajos que los de mercado.
De esa forma se disminuye la fiscalidad de las instalaciones fotovoltaicas. Además, se incentiva a los ciudadanos para que decidan invertir en estas instalaciones, ya que les resultan más económicas y, por lo tanto, obtendrán “beneficios económicos” más pronto.
Puedes deducirte hasta un 20 % del importe de tu instalación de placas solares en Madrid al realizar la próxima declaración de la RENTA.
¿Tiene IVA el autoconsumo?
Por el momento al autoconsumo solar se le aplica el IVA general del 21% en la factura de instalación. También se aplica el mismo porcentaje de IVA a la compra-venta de la energía y en los peajes. Por supuesto, las instalaciones de autoconsumo aislado, es decir, las que no están conectadas a la red eléctrica, no tienen que pagar ningún peaje o impuesto. Estas instalaciones solo pagan el impuesto sobre la instalación, es decir la fiscalidad de las instalaciones fotovoltaicas aisladas es mucho menor.
No obstante, hay varios sectores implicados en la energía solar fotovoltaica, como la Unión Española Fotovoltaica (UNEF), que están solicitando que se aplique un IVA reducido del 10% a todas las instalaciones solares. Ya que se entiende que son un instrumento muy necesario contra el cambio climático.
Gracias a las solicitudes de múltiples implicados en la fotovoltaica, la Dirección General de Tributos (DGT) ha modificado la fiscalidad de las instalaciones fotovoltaicas. Ahora distingue dos posibles supuestos en los que cabría aplicar el impuesto del IVA a la energía solar del 10%:
① Obras de construcción o rehabilitación de viviendas
En este apartado entrarían todas las edificaciones en las que como mínimo el 50% de la superficie construida se destine a vivienda. En este caso, si la instalación de placas solares es con la construcción de un edificio destinado principalmente a vivienda, se aplica un impuesto a la energía solar del 10% en el IVA de la instalación.
Por contra, cuando realicemos una obra de rehabilitación energética en nuestro edificio comunitario o vivienda particular en la que instalemos placas solares fotovoltaicas, deben cumplirse varios requisitos para saber que tipo de IVA se aplica a la fiscalidad de las instalaciones fotovoltaicas.
» La ejecución de obra debe consistir en la construcción o rehabilitación del edificio de viviendas o una vivienda individual
» Realmente se realice una obra, jurídicamente hablando, y no se trate simplemente de un suministro de materiales. Esto queda claro cuando un instalador autorizado nos realice un estudio, un presupuesto y después de la instalación nos certifique el fin de obra junto con la factura
» La obra de instalación de placas solares esté debidamente documentada con un contrato directamente formalizado con un promotor, constructor o un instalador fotovoltaico autorizado
» La ejecución de la obra de instalación se realice en un edificio destinado fundamentalmente a viviendas
② Obras de renovación o reparación de viviendas
Para considerarse reformas o renovación de la vivienda debemos cumplir con varios puntos:
» Los solicitantes de la reforma en la que se incluye la instalación fotovoltaica, debemos ser un particular, nunca una empresa o profesional, y por supuesto la reforma debe realizarse en nuestra vivienda, para nuestro uso particular o por una comunidad de propietarios
» La reforma en la que se instalarán las placas solares debemos realizarla en edificios que ya tengan más de dos años desde su construcción
» Que el precio de los materiales de la instalación fotovoltaica no supere el 40% de la base imponible de la reforma. En el caso que supere este límite, se aplica un IVA del 21% como impuesto a la energía solar
Queda claro que, si la empresa instaladora que realiza la obra de reforma no aporta los paneles solares y demás componentes fotovoltaicos, la ejecución de dichas obras de renovación o reparación en las viviendas pagará el 10% en concepto de IVA. Esto implica que, si compramos nosotros mismo los materiales fotovoltaicos para que la empresa los instale, la Dirección General de Tributos lo considera como una entrega de materiales, y por lo tanto deberemos pagar el 21% de IVA.
Aunque parezca muy confuso, si nos dejamos asesorar por una empresa instalador fotovoltaica, ellos nos ayudarán en todos los tramites y nos comprobarán si entramos en los supuestos para tener una fiscalidad de las instalaciones fotovoltaicas reducida o debemos pagar el 21% normal.